Leyes y ordenanzas de Nevada

¿Dónde y cómo obtener mi Real ID en Las Vegas?

En el caso del estado de Nevada esta identificación posee una estrella dorada en la esquina superior derecha.

Telemundo

A partir de este 7 de mayo, los viajeros estadounidenses deberán cumplir con los requisitos de Real ID para abordar vuelos nacionales y acceder a ciertas instalaciones federales.

El Real ID es una iniciativa nacional que busca “mejorar la seguridad de las licencias de conducir y tarjetas de identificación emitidas por el estado, lo que a su vez ayudará a combatir el terrorismo y reducir el fraude de identidad”, según el Departamento de Seguridad Nacional.

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Para obtener la Real ID, las personas deben ir a una oficina de servicio de licencias de conducir o a una oficina de recaudación de impuestos de su condado.

En el caso del estado de Nevada el Real ID posee una estrella dorada. "¿Tienes una identificación Real ID? Revisa tu licencia de conducir o tarjeta de identificación de Nevada. Si tiene una estrella dorada en la esquina superior derecha, ¡la tienes!", se lee en el portal del DMV.

De acuerdo a información del DMV, la tarifa por una identificación Real ID es de $8.50.

"La tarifa por cambio de información se aplicará si está completando el registro de un vehículo u otra transacción y el Real ID es el único cambio en su licencia o tarjeta de identificación", agrega el portal del DMV.

También deben llevar uno de los siguientes documentos para establecer su identidad, comprobante de residencia legal y fecha de nacimiento.

Para ciudadanos estadounidenses:

Pasaporte estadounidense válido y vigente.
Copia original o certificada de un acta de nacimiento.
Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero.
Certificado de Naturalización emitido por el DHS.
Certificado de Ciudadanía.
En caso de que el nombre actual y el nombre que figura en el documento de identidad principal sean diferentes, también debe traer: documento de cambio de nombre ordenado por un tribunal, certificado de matrimonio emitido por los tribunales y/o decreto de divorcio emitido por los tribunales.

Para extranjeros:

Tarjeta de residente permanente válida y vigente (I-551 para residentes permanentes legales).
Pasaporte válido para no inmigrantes, excepto solicitantes de asilo y refugiados.
Otro documento emitido por el gobierno que muestre su nombre completo.
Documento del Departamento de Seguridad Nacional que acredite su presencia legal.
Tanto ciudadanos como extranjeros deberán llevar: tarjeta de seguro social o comprobante de su número de seguro social.

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